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Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que si inicias un trámite en una oficina de una entidad federativa (como un estado de la república), puedes pedirle a la Coordinación que te deje continuar el trámite en otra entidad. Para hacerlo, tienes que explicar por qué quieres el cambio y presentar las pruebas que apoyen tu razón. La Coordinación tiene máximo 3 días hábiles (días que no sean sábado, domingo ni feriado) para darte una respuesta, sí o no. En pocas palabras, puedes cambiarte de oficina para seguir tu trámite, pero debes justificarlo y esperar su autorización en pocos días.

Texto oficial

Artículo 23.- El solicitante podrá promover ante la Coordinación la autorización para continuar con el trámite de su solicitud en una entidad federativa distinta a aquella en la cual la presentó, debiendo exponer las causas en las que funde su petición, así como las pruebas que estime convenientes. La Coordinación deberá resolver la petición del solicitante en un término no mayor de 3 días hábiles.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.