Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un extranjero viene a México para reunirse con un familiar que ya es refugiado, se le considera automáticamente refugiado también. Esto se llama "estatuto derivado", que significa que obtiene la misma protección sin tener que pedirla por su cuenta. El Instituto Nacional de Migración tiene que darle una tarjeta de residencia permanente para que pueda vivir aquí legalmente. En pocas palabras, si tu familiar es refugiado en México, tú puedes venir por él y te darán residencia fija.
Texto oficial
Artículo 95.- Los extranjeros que ingresen al territorio nacional por reunificación familiar, se considerarán refugiados por estatuto derivado y deberán ser documentados por el Instituto con derechos de residencia permanente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.