Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley del Registro Público Vehicular
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El comprobante de que tu vehículo está registrado será una calcomanía con un chip electrónico. Esa calcomanía no se puede quitar del carro, tiene que quedarse pegada. El diseño, el tamaño, el material y el lugar donde se coloca los va a definir el Secretariado Ejecutivo, y lo harán pensando en que sea imposible de falsificar o violar. El chip de la calcomanía tendrá un código único que se lee con ondas de radio, como las tarjetas de acceso, y ese código guardará los datos básicos de tu vehículo.
Texto oficial
Artículo 18.- La constancia de inscripción será una calcomanía con un dispositivo electrónico que acreditará el registro del vehículo y no podrá ser retirada de éste. El formato, las características físicas y técnicas y el lugar de colocación de la constancia de inscripción, serán establecidos por el Secretariado Ejecutivo en los procedimientos de operación, atendiendo a la inviolabilidad e infalsificabilidad de las mismas, así como a su lectura por radiofrecuencia. El dispositivo electrónico a que se refiere el párrafo anterior, contendrá un elemento intransferible conocido como identificación por radiofrecuencia, que contendrá los datos básicos del registro.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.