Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley del Registro Público Vehicular

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes que reportar algo sobre un carro y cometiste un error, puedes pedirle al Secretariado Ejecutivo que lo corrija, pero necesitas dar una razón válida y decir exactamente qué dato quieres cambiar. El Secretariado tiene máximo cinco días hábiles (no cuentan sábados ni domingos) para responder si acepta o no tu solicitud. Esto aplica, por ejemplo, cuando avisas de la compra o venta de un vehículo y te equivocaste al escribir la información.

Texto oficial

Artículo 24.- Los sujetos obligados podrán solicitar al Secretariado Ejecutivo, con causa justificada, la modificación de la información que hayan proporcionado al Registro, debiendo precisar el dato o datos que solicita sean corregidos. El Secretariado Ejecutivo deberá resolver la solicitud a que se refiere el párrafo anterior, en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la recepción de la misma. SECCIÓN SEGUNDA DE LOS AVISOS DE COMPRA Y VENTA DE VEHÍCULOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.