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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Registro Público Vehicular
Artículo
42

Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley del Registro Público Vehicular

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Secretariado Ejecutivo haga visitas de verificación o ponga multas, tiene que seguir las reglas que marca la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, este reglamento, su propio reglamento, y otras leyes relacionadas. O sea, no puede hacerlo a su libre albedrío; debe cumplir con todos los pasos legales establecidos.

Texto oficial

Artículo 42.- En la práctica de las visitas de verificación, así como en la imposición de las sanciones a que se refiere la Ley, el Secretariado Ejecutivo se sujetará a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, este Reglamento, el Reglamento del Secretariado Ejecutivo y demás disposiciones aplicables.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Registro Público Vehicular (pág. 10) ↗

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