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Artículo 7 del REGLAMENTO de la Ley del Registro Público Vehicular

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando registras un coche de forma definitiva, el Secretariado Ejecutivo le asigna un número único de identificación, hecho con letras y números. Ese número no se puede cambiar, reemplazar ni pasar a otro vehículo. Si modificas cualquier dato de tu coche, debe quedar guardado en el registro oficial. Pero sin permiso de la autoridad, no puedes alterar el Número de Identificación Vehicular ni el número de serie del auto.

Texto oficial

Artículo 7.- Cada vehículo inscrito en forma definitiva en el Registro contará con un Número de Constancia de Inscripción, asignado por el Secretariado Ejecutivo, que será único, insustituible e intransferible, integrado por una combinación de caracteres alfanuméricos. Cualquier modificación de la información relacionada con el vehículo, deberá constar en la base de datos del Registro. Salvo autorización de la autoridad competente, no podrán modificarse los siguientes datos: I. Número de Identificación Vehicular, y II. Número de serie.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.