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Artículo 104 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión te puede quitar o suspender el permiso como actuario o agente de pensiones si ya no cumples con los requisitos que te pidieron para darte el registro. También te lo pueden quitar si cometes errores muy graves en tu trabajo, como faltas serias. Esto significa que, si no mantienes las condiciones que demostraste al principio o haces algo malo muy fuerte, pierdes tu licencia.

Texto oficial

ARTÍCULO 104. La Comisión suspenderá o cancelará el registro de un actuario autorizado para dictaminar planes de pensiones o de un agente promotor, cuando dejen de satisfacer alguno o algunos de los requisitos para su registro o incurra en faltas graves en el ejercicio de su actividad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.