- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
- Artículo
- 125
Artículo 125 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los inspectores van a revisar a las administradoras de ahorro para el retiro (como las Afores) según cómo trabajan y cómo se manejan. También van a checar qué problemas encontraron en supervisiones o visitas anteriores. Esto es para enfocarse más en las que puedan tener más riesgos. En pocas palabras, no revisan a todas igual, sino que deciden a quién visitar según su historial y su forma de operar.
Texto oficial
ARTÍCULO 125. Las visitas de inspección se realizarán tomando en consideración las características operativas y administrativas de los Participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como los resultados de la vigilancia o de las visitas de inspección realizadas con anterioridad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.