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Ley
REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo
125

Artículo 125 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los inspectores van a revisar a las administradoras de ahorro para el retiro (como las Afores) según cómo trabajan y cómo se manejan. También van a checar qué problemas encontraron en supervisiones o visitas anteriores. Esto es para enfocarse más en las que puedan tener más riesgos. En pocas palabras, no revisan a todas igual, sino que deciden a quién visitar según su historial y su forma de operar.

Texto oficial

ARTÍCULO 125. Las visitas de inspección se realizarán tomando en consideración las características operativas y administrativas de los Participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como los resultados de la vigilancia o de las visitas de inspección realizadas con anterioridad.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (pág. 36) ↗

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