Artículo 14 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las AFORES tienen la obligación de buscar que los fondos de inversión donde guardan tu dinero para el retiro den la mayor seguridad y rendimiento posible, tanto para trabajadores afiliados como para los que no lo están. También tienen que poner en los folletos informativos los requisitos que pida la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) para que tú, como trabajador, puedas decidir en qué fondo de inversión quieres que se inviertan tus ahorros, según las reglas de ese fondo. En pocas palabras, las AFORES deben cuidar tu dinero y darte opciones claras para elegir dónde se invierte.
Texto oficial
ARTÍCULO 14. Las Administradoras deberán procurar que las Sociedades de Inversión que operen otorguen la mayor seguridad y rentabilidad de los recursos de los Trabajadores y los Trabajadores no Afiliados. Las Administradoras deberán establecer en los prospectos de información, los requisitos que mediante reglas de carácter general determine la Comisión, que deberán cumplir los Trabajadores y Trabajadores no Afiliados para poder elegir que sus recursos se inviertan en las Sociedades de Inversión de que se trate de conformidad con su régimen de inversión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.