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Artículo 145 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que se pueda meter un gerente a cargo de una administradora de ahorro para el retiro (como las Afores), el presidente de la comisión debe presentar un reporte a la Junta de Gobierno explicando por qué esa empresa está en problemas. En ese reporte tiene que decir el nombre de la empresa y detallar cómo los errores que encontraron afectan su estabilidad o el dinero de los trabajadores. También debe incluir la propuesta para que se ordene la intervención.

Texto oficial

ARTÍCULO 145. Para que sea declarada la intervención gerencial a que se refiere el artículo 97 de la Ley, el Presidente de la Comisión presentará a la Junta de Gobierno un informe que deberá contener el nombre de la sociedad de que se trate, y expresar los motivos por los que considera que las irregularidades detectadas afectan la estabilidad, solvencia o liquidez de la persona supervisada y ponen en peligro los intereses de los Trabajadores o el sano y equilibrado desarrollo de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Dicho informe será acompañado de la propuesta para que sea ordenada la intervención gerencial.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.