Artículo 38 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que se van a crear reglas para proteger el dinero de los trabajadores, estén o no afiliados a un sindicato, cuando se registren en una Administradora de Fondos para el Retiro (la que guarda tu ahorro para la pensión). Las empresas que manejan estos fondos usarán una base de datos nacional para checar si el registro es válido, y luego le avisarán a la Administradora si lo aceptan o lo rechazan. Tu registro es oficial desde el momento en que aparece en esa base de datos, y la Administradora ya no necesita firmar tu contrato para que sea válido: con solo inscribirte, se considera que ella aceptó el acuerdo. Además, tanto tú como cualquier trabajador pueden pedirle a la Administradora, por teléfono o por cualquier medio, que les explique cómo va su trámite de registro.
Texto oficial
ARTÍCULO 38. Se establecerán medidas para proteger los recursos de los Trabajadores y de los Trabajadores no Afiliados durante el proceso de registro. Para tal efecto, las Empresas Operadoras con base en la información contenida en la Base de Datos Nacional SAR, certificarán la procedencia del registro de dichos trabajadores en la Administradora que haya elegido, haciendo del conocimiento de la Administradora de que se trate, de la aceptación o rechazo de registro. El registro de un Trabajador o de un Trabajador no Afiliado en una Administradora, surtirá efectos jurídicos a partir de su inscripción en la Base de Datos Nacional SAR, momento en el que se entenderá manifestado el consentimiento de la Administradora para obligarse en los términos del contrato de administración de fondos para el retiro, por lo que la falta de firma del representante de la Administradora en el contrato, no afectará la validez del mismo. El Trabajador y el Trabajador no Afiliado tendrá derecho a solicitar información a la Administradora elegida a través de cualquier medio de comunicación disponible, a efecto de que cuente con información relacionada al estado que guarda su trámite de registro.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.