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Artículo 52 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres trabajador y no eliges una Administradora para tu Afore, pero llevas por lo menos un año recibiendo aportaciones (que son seis bimestres seguidos), el gobierno asignará tu cuenta a la Afore que haya dado el mejor rendimiento, según las reglas de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Para que estés protegido y sepas dónde quedó tu cuenta, las empresas operadoras deben tener una base de datos con tus datos personales, los de tu patrón y otra información para que te puedan localizar. Así, tanto la Afore como la Comisión pueden consultar esa información cuando sea necesario.

Texto oficial

ARTÍCULO 52. Para proteger los intereses de los Trabajadores que no elijan Administradora y que hayan recibido cuotas y aportaciones durante al menos seis bimestres consecutivos, sus Cuentas Individuales serán asignadas a las Administradoras que hayan registrado un mayor Rendimiento Neto, de conformidad con los criterios de la Junta de Gobierno de la Comisión, y de acuerdo con el calendario que la Comisión determine mediante disposiciones de carácter general. A efecto de brindar al Trabajador seguridad jurídica respecto de la Administradora a la que se asigne su Cuenta Individual, las Empresas Operadoras deberán tener disponible para consulta de las Administradoras y de la Comisión, una base de datos que contenga el nombre del Trabajador, la Clave Única de Registro de Población, el nombre del patrón, el número de registro ante el IMSS de este último, los datos relativos a su ubicación y demás información útil para la localización de los Trabajadores cuyas Cuentas Individuales fueron asignadas a una Administradora en términos del párrafo anterior. REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 27-09-2024 18 de 49

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

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