Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSAR/58
Ley
REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo
58

Artículo 58 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 58 dice que el IMSS, el INFONAVIT y el ISSSTE (que son instituciones que protegen a los trabajadores) van a ponerse de acuerdo con otras dependencias del gobierno a través de un convenio. En ese acuerdo van a definir el tope máximo que esas otras dependencias pueden cobrarles por ayudar a juntar el dinero de las cuotas y aportaciones de los trabajadores. Es como cuando tú llegas a un precio máximo con alguien que te va a hacer un cobro por un servicio. Solo aplica para los cobros relacionados con las aportaciones de los trabajadores a la seguridad social.

Texto oficial

ARTÍCULO 58. El IMSS, el INFONAVIT y el ISSSTE determinarán en los convenios que celebren con las Entidades Receptoras, las comisiones máximas que podrán cobrar estas Entidades a dichos Institutos de Seguridad Social, por la recaudación de las cuotas y aportaciones de los Trabajadores.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.