Artículo 65 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las administradoras de fondos (las AFORES) tienen que hacer tres cosas con tu dinero del ahorro para el retiro. Primero, recibir la información y los pagos que las empresas hacen por ti, ya sea por internet o directamente en sus oficinas, como las aportaciones para tu pensión, las del INFONAVIT y las voluntarias. Segundo, deben recibir, registrar y meter ese dinero en inversiones que ellas manejan, según cómo tú hayas decidido repartirlo entre tu retiro, ahorro voluntario y aportaciones extra. Tercero, tienen que anotar en tu cuenta lo que se deposita al INFONAVIT y al FOVISSSTE (otro fondo de vivienda), más los intereses que esos organismos te paguen.
Texto oficial
ARTÍCULO 65. Las Administradoras, para la individualización de los recursos e información de las Cuentas Individuales de los Trabajadores que administren, deberán llevar a cabo las siguientes acciones: I. Recibir, por medio de las Empresas Operadoras a través de medios electrónicos o excepcionalmente de manera directa en sus oficinas, la información de los recursos correspondientes a las cuotas del Seguro de RCV, de las Aportaciones al INFONAVIT y a la Subcuenta del Fondo de la Vivienda, según corresponda, de las aportaciones voluntarias y de las aportaciones complementarias de retiro correspondientes a cada Trabajador; II. Recibir, registrar e invertir en las Sociedades de Inversión que administren, los recursos de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, relativa al Seguro de RCV, de la subcuenta de aportaciones voluntarias y de la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, de acuerdo al porcentaje de participación que hayan determinado los Trabajadores, y III. Registrar la información correspondiente a las Aportaciones al INFONAVIT y al FOVISSSTE, así como los rendimientos generados de acuerdo a la tasa de interés determinada y notificada por el INFONAVIT y el FOVISSSTE, según corresponda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.