Artículo 114 Bis del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien cercano a ti tiene una enfermedad grave o fallece, para que puedas faltar al trabajo sin problemas, necesitas comprobarlo. Puedes hacerlo con un certificado médico oficial que cumpla con las reglas que ponga la autoridad, o directamente con el acta de defunción si es un fallecimiento. Eso es lo único que necesitas para justificar lo que te mueve la ley.
Texto oficial
ARTÍCULO 114 Bis.- Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 50, párrafo tercero de la Ley, la enfermedad grave o el fallecimiento, según sea el caso, deberá acreditarse mediante certificado médico expedido en términos de las disposiciones administrativas que para tal efecto emita la Dirección General, o con el acta de defunción. Artículo adicionado DOF 02-11-2018
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.