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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo
13

Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe de cada subcomisión es quien representa legalmente a ese grupo en juicios de amparo o de nulidad. Si ese jefe falta por un tiempo, el Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría lo reemplaza para esos asuntos legales.

Texto oficial

ARTÍCULO 13.- El Presidente de cada una de las subcomisiones tendrá la representación legal de dichos órganos colegiados para efectos de juicios de amparo y de nulidad. En caso de ausencia temporal, el Presidente en cada una de las subcomisiones, será suplido para tales efectos por el Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (pág. 5) ↗

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