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Artículo 135 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los trabajadores del Servicio Exterior Mexicano, incluyendo a los que están asignados en otros países, se jubilarán siguiendo las mismas reglas que cualquier otro empleado del gobierno federal. Esto significa que les aplica la Ley del ISSSTE, que es la que define cómo y cuándo pueden obtener su pensión. En pocas palabras, no hay un sistema especial para ellos solo por trabajar en el extranjero.

Texto oficial

ARTÍCULO 135.- La jubilación de los Miembros del Servicio Exterior, incluso para aquéllos que prestan sus servicios en el extranjero, se basará en las disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Artículo reformado DOF 02-11-2018

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.