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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo
136

Artículo 136 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada del Servicio Exterior) va a ayudar a los miembros de ese servicio cuando quieran tramitar su retiro o jubilación. Esa ayuda consiste en apoyarlos ante el ISSSTE, que es el instituto que maneja las pensiones y prestaciones de los trabajadores del gobierno. En pocas palabras, la Secretaría se encarga de guiarlos y facilitarles los papeleos para que puedan obtener su pensión sin broncas.

Texto oficial

ARTÍCULO 136.- La Secretaría auxiliará a los Miembros del Servicio Exterior en los trámites correspondientes a su retiro o jubilación, ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Artículo reformado DOF 02-11-2018 REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 27-05-2025 42 de 58

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (pág. 41) ↗

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