Artículo 145 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Subcomisión de Asuntos Disciplinarios se forma según lo que dice el artículo 59 de la Ley, y para tomar decisiones necesita que más de la mitad de sus miembros estén de acuerdo (mayoría de votos). El Órgano Interno de Control de la Secretaría puede ir a las juntas de esta Subcomisión y de la Comisión de Personal cuando hablen de temas disciplinarios, pero solo opina, no vota. El Director General encargado de los asuntos del personal del Servicio Exterior será el Secretario de esta Subcomisión.
Texto oficial
ARTÍCULO 145.- La Subcomisión de Asuntos Disciplinarios, se integrará en términos de lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley, y sus decisiones se tomarán por mayoría de votos. El Órgano Interno de Control en la Secretaría participará con voz, pero sin voto, en las reuniones de la Subcomisión de Asuntos Disciplinarios y de la Comisión de Personal cuando se traten asuntos disciplinarios. El Director General que tenga bajo su cargo los asuntos concernientes al personal del Servicio Exterior fungirá como Secretario de la Subcomisión de Asuntos Disciplinarios. Artículo reformado DOF 02-11-2018
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.