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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo
155

Artículo 155 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo se cuentan los tiempos y las fechas en los trámites legales. Los plazos empiezan a contar un día después de que te notifiquen algo, no el mismo día. Las oficinas solo trabajan en días hábiles (de lunes a viernes, excepto festivos oficiales) y en un horario de 9 de la mañana a 6 de la tarde. El jefe de la Subcomisión de Asuntos Disciplinarios puede autorizar que se trabaje en días u horas no hábiles si es necesario. Cuando el plazo se cuenta por días, solo se toman en cuenta los días hábiles, a menos que la ley diga otra cosa.

Texto oficial

ARTÍCULO 155.- El cómputo de los plazos empezará a correr a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación. Las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles. Se estimarán como días hábiles todos los del año, con excepción de aquellos días que, por virtud de ley, decreto o disposición administrativa, se determine como inhábil, durante los que no se practicará actuación alguna. Serán horas hábiles las que medien entre las 9:00 y las 18:00 horas. El Presidente de la Subcomisión de Asuntos Disciplinarios, podrá habilitar días y horas inhábiles para la práctica de aquellas diligencias que, a su juicio, lo requieran. En los plazos fijados en días no se contarán los inhábiles, salvo disposición en contrario. Artículo reformado DOF 02-11-2018

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (pág. 51) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.