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Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica los cargos y títulos que se les dan a los trabajadores del gobierno en los consulados de México en el extranjero. Sin importar si son altos o bajos en el escalafón (la lista de rangos), a cada puesto le corresponde un nombre específico para acreditarlo, que es como su título oficial. Por ejemplo, quien está a cargo de un Consulado General se llama Cónsul General, su segundo al mando es Cónsul Adscrito, y así sucesivamente. Los demás empleados del consulado, sin importar su puesto, simplemente se acreditan como Cónsul. En resumen, es una tabla que asigna el título correcto según el cargo que tenga cada persona en el consulado.

Texto oficial

ARTÍCULO 18.- Para las acreditaciones de los servidores públicos de la rama diplomático-consular en las Representaciones Consulares, e independientemente de su rango en el escalafón, se deberá observar lo siguiente: CARGO ACREDITACIÓN I. Titular de Consulado General. Cónsul General; II. Segundo funcionario en el Consulado General. Cónsul Adscrito; III. Titular de Consulado. Cónsul Titular; IV. Segundo funcionario en el Consulado. Cónsul Adscrito, y V. El resto de los servidores públicos. Cónsul.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.