Artículo 70 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los jefes de las oficinas en el extranjero tienen que enviar cada mes a la Secretaría un reporte sobre cómo se gastó el dinero en cosas como mantener la oficina funcionando, eventos de convivencia, y otros gastos que la misma Secretaría indique. Eso lo deben hacer siguiendo las reglas que están vigentes en ese momento.
Texto oficial
ARTÍCULO 70.- Los Jefes o Titulares de Representaciones deberán remitir a la Secretaría, de conformidad con la normatividad vigente, los informes mensuales del ejercicio de las partidas de gasto de sostenimiento de oficina, de orden social, y otras que determine la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.