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Artículo 99 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en el servicio exterior y te asignan a un lugar considerado de vida difícil (como países con peligro, clima extremo o servicios muy limitados), solo estarás ahí obligado por dos años. Puedes pedir quedarte un año más si tú quieres, pero no te pueden mandar directamente a otro lugar difícil después sin que tú lo solicites. Cuando termines tu tiempo, te van a reubicar en el destino que elijas y te darán puntos extras para los exámenes de ascenso. Además, por cada seis meses que trabajes en ese lugar, tendrás derecho a una salida temporal (como un descanso) fuera de ahí, que no cuenta como vacaciones normales; tu jefe debe organizar el trabajo para que puedas tomarla.

Texto oficial

ARTÍCULO 99.- El Personal de Carrera en las Adscripciones de vida difícil, definidas en los términos del artículo 95 de este Reglamento, tendrá una permanencia de dos años, salvo que a solicitud del interesado la Comisión de Personal extienda la Adscripción por un máximo de un año. Un Miembro del Servicio Exterior no podrá ser trasladado a otra Adscripción de vida difícil de manera consecutiva a menos que sea solicitada por el propio interesado. Párrafo reformado DOF 02-11-2018 Asimismo, dicho personal será trasladado en el siguiente programa de rotación a una Adscripción de su elección y se le otorgará puntuación adicional dentro del rubro de Adscripciones o comisiones en los concursos de ascenso. El personal de las Adscripciones de vida difícil disfrutará de una salida de las mismas por cada seis meses laborados a partir de la fecha de la toma de posesión o a partir de que la Adscripción sea designada como de vida difícil. La duración de dicha salida la determinará la Comisión de Personal, y no se computará como licencias económicas o vacaciones. Entre una salida y otra deberán transcurrir seis meses. Párrafo reformado DOF 02-11-2018 Los Jefes o Titulares de Representaciones previstas en los artículos 95 y 100 de este Reglamento organizarán el trabajo de la misma para garantizar el disfrute de dicha salida por parte del personal a su cargo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.