Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 107 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres entrar voluntariamente al Ejército, debes cumplir con estos requisitos: tienes que hacer una solicitud por escrito; si eres menor de edad, necesitas el permiso de tu papá, tutor o quien te cuide (si no sabes firmar, pones tus huellas digitales). También debes ser mexicano de nacimiento o naturalizado, tener entre 18 y 30 años, y ser soltero, viudo o divorciado sin hijos, o no ser el que mantiene a tu familia. Además, necesitas que dos personas de confianza avalen que tienes buena conducta, o un certificado de la policía que diga lo mismo y cuánto tiempo has vivido en esa zona. Por último, si tienes más de 21 años, no debes estar suspendido en tus derechos como ciudadano; si eres menor, no debes estar en ninguna situación que pudiera causar esa suspensión. Y tienes que pasar un examen médico.

Texto oficial

ARTICULO 107.- Los individuos que se presenten voluntariamente para ser dados de alta en las Unidades de Tropa del Ejército, deberán satisfacer los siguientes requisitos: I.- Hacer una solicitud por el interesado, y si es menor de edad presentar por escrito el consentimiento del padre o tutor. Si no sabe firmar deberá poner sus huellas digitales; II.- Ser mexicano por nacimiento o naturalización; III.- Ser mayor de 18 y menor de 30 años de edad; IV.- Ser soltero, viudo o divorciado sin hijos o no ser sostén de familia; V.- Acreditar con el testimonio de dos personas dignas de crédito tener buenos antecedentes o acreditar mediante certificado expedido por la autoridad policiaca la misma circunstancia, mencionándose en éste el tiempo que haya residido en el lugar de la jurisdicción de dicha autoridad, y el por qué del conocimiento; IV (sic DOF 10-11-1942).- No estar suspenso en el ejercicio de los derechos de ciudadano si es mayor de 21 años, o no estar comprendido en ninguna de las causas que pudieran dar motivo a la suspensión si es menor de 21 años; VII.- Pasar satisfactoriamente el reconocimiento médico que deberá practicarse en los términos de las tablas anexas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.