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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/196
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
196

Artículo 196 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el encargado de la Oficina de Reclutamiento tiene una razón válida (como un problema grave) y lo comprueba primero, puede mandar al Jefe de Sector que quite del cargo a cualquiera de los tres vecinos que él mismo eligió. O sea, los superiores pueden echar a un vecino de su puesto si está haciendo algo mal, pero solo después de verificar que sea cierto. Esto aplica tanto para la oficina de tu zona como para la oficina central.

Texto oficial

ARTICULO 196.- El Jefe de la Oficina de Reclutamiento de Zona o de la Oficina Central de Reclutamiento cuando tengan motivo fundado, previa comprobación de cargos, podrán ordenar al Jefe de Sector, que remueva de su puesto a cualquiera de los tres vecinos que éste haya designado.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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