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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/229
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
229

Artículo 229 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando tengas que hacer trámites del Servicio Militar, como pedir una copia certificada de tu cartilla o algún documento oficial, no te pueden cobrar ni un peso por expedirlo. Las autoridades, funcionarios o empleados que trabajan en esos asuntos están obligados a entregártelo gratis. Además, ese documento es válido aunque no pagues ningún impuesto o derecho por él. En otras palabras, no necesitas pagar nada para que te den esos papeles ni para que tengan valor oficial.

Texto oficial

ARTICULO 229.- Las certificaciones, copias autorizadas y demás documentos que se prescriben en la ley del Servicio Militar y este Reglamento, deberán expedirse gratuitamente por las autoridades, REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERICIO MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-06-1947 32 de 38 funcionarios o empleados y no requieren para su validez el pago de impuestos o derechos de ninguna clase. CAPITULO XXIII De la recursos, reclamaciones o inconformidades

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.