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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
36

Artículo 36 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes 18 años y te declaran "útil condicional" (es decir, que puedes servir al Ejército pero con algunas limitaciones físicas o de salud), no te van a meter directo a las unidades activas, sino que te quedas como en espera, llamado "disponibilidad". En esa situación, todavía tienes obligaciones que cumplir y recibirás entrenamiento para que estés listo si te necesitan después. Lo mismo pasa con los que ya están en las reservas del Ejército y también los declaran útiles condicionales: les darán instrucción para lo mismo. Esto no significa que estés exento para siempre, solo que te capacitan según lo que puedas hacer.

Texto oficial

ARTICULO 36.- Los individuos de 18 años declarados útiles condicionales, quedarán exceptuados de ser encuadrados en las unidades del activo, debiendo pasar a disponibilidad con las obligaciones inherentes y recibiendo la instrucción que los capacite para ir a los Servicios del Ejército de acuerdo con su grado de utilidad. Los individuos de las clases que constituyen las Reservas y que sean declarados útiles condicionales recibirán la instrucción correspondiente a los mismos fines.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 5) ↗

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