Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si ya no puedes hacer tu servicio militar activo por más de 5 años seguidos por alguna situación especial (como las que menciona el artículo 58), quedas libre de la obligación de servir en el Ejército o la Marina, a menos que haya una movilización general por una emergencia. En ese caso, tendrías que cumplir con lo que dice el artículo 59 de este reglamento. Además, aunque ya no entres al servicio activo, sí debes recibir entrenamiento en la Reserva, que es un grupo de personas que pueden ser llamadas si es necesario, según tu edad.
Texto oficial
ARTICULO 37.- Cuando las circunstancias prescritas en el artículo 58 duren más de cinco años, los interesados quedarán definitivamente exceptuados de la obligación de prestar servicios en las unidades del activo, salvo el caso de movilización y siempre de acuerda con lo prevenido en el articulo 59 de este Reglamento. La instrucción deberán recibirla en la Reserva que les corresponda de acuerdo con su edad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.