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Artículo 44 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres mexicano y tienes más de 16 años, pero estás estudiando o planeas viajar al extranjero cuando te toque hacer tu servicio militar, puedes pedir que te asignen antes a una unidad del activo (es decir, hacer tu servicio de manera anticipada). Para esto, debes solicitarlo en la Oficina Central de Reclutamiento, dando los mismos datos que pide el artículo 19, y además necesitas que tu papá, mamá o quien tenga tu patria potestad (quien cuida de ti legalmente) te dé su autorización.

Texto oficial

ARTICULO 44.- Los mexicanos mayores de 16 años que por razón de estudios o viaje al extranjero en la época que reglamentariamente les corresponda prestar servicios, deseen obtener anticipo de incorporación a las unidades del activo, deberán solicitarlo a la Oficina Central de Reclutamiento expresando los datos que se mencionan en el artículo 19, con la autorización de quien ejerza la patria potestad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.