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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
192

Artículo 192 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta Municipal de Reclutamiento está formada por: el presidente municipal, un regidor (que es un concejal) y tres vecinos de buena reputación que elige el Jefe del Sector. El presidente municipal será el presidente de la Junta, y en la primera reunión del año los vecinos eligen a uno de ellos como secretario por votación sencilla (sin papeletas, solo a mano alzada). El regidor se elige en la primera sesión del Cabildo por mayoría de votos. Los tres vecinos nombrados deben cumplir estos requisitos: ser mexicanos de entre 21 y 40 años, saber leer y escribir, estar en la Reserva militar y haber cumplido con sus obligaciones del servicio militar, y ser personas de reconocida buena fama.

Texto oficial

ARTICULO 192.-Las Juntas Municipales de Reclu- tamiento estarán constituidos por: l.-El Presidente Municipal; H.-Un Regidor; III.-Tres vecinos caracterizados, nombrados por el Jeff' del Sector correspondiente. F.ungirá como Presidente de la Junta el primero y como Secretario el vecino que se designe por votación económica en la primera sesión anual que se celebre. ARTICULO 193,-El Regidor miembro de la Junta será designado en la primera sesión de Cabildo, por ma• ~'oría de votos. ARTICULO ·194.-Los tres vecinos caracterizados que non,brE> el Jefe del Sector para que formen parte de la Junta Municipal de Reclutamiento, tendrán los requisitos siguientes: J.-Ser mexi,cano mayor de 21 y menor de 40 ~ños; H.-Saber leer y escribir; I1L-Pertenecer a la Reserva y haber cumplido con sus obligaciones militares; rV.-Ser de reconocida h"norabiJidad.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 13) ↗

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