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Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 18 habla de los Comités Técnicos de Selección, que son grupos de personas encargadas de elegir a quién va a ocupar un puesto de trabajo. Estos comités tienen varias tareas extra además de las que ya marca la ley. Primero, deben armar el expediente del concurso, que es básicamente juntar todos los papeles y datos necesarios para la selección. Segundo, tienen que resolver el concurso en un plazo de 90 días naturales (incluyendo fines de semana y festivos) desde que se publica la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. También les toca hacer y publicar las convocatorias para los puestos que estén en el Programa Anual, que es como un plan de todo el año. Además, el Secretario del Comité debe juntarlos para una junta cuando haya una vacante o un puesto nuevo, y mantenerlos al tanto de cómo va el proceso de selección.

Texto oficial

Artículo 18.- Los Comités Técnicos de Selección tendrán, en adición a las que señala la Ley, las siguientes atribuciones: I. Instruir la integración del expediente del concurso de que se trate; II. Resolver, dentro del plazo de noventa días naturales posteriores a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, los procedimientos de selección en que intervenga; Fracción reformada DOF 04-01-2024 III. Elaborar y emitir las convocatorias de los cargos a concurso conforme a lo establecido en el Programa Anual de Planeación del Sistema, y Fracción adicionada DOF 04-01-2024 IV. Las demás que señale este reglamento y las disposiciones aplicables al Sistema. Fracción reformada y recorrida DOF 04-01-2024 El Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección convocará a sesión cuando el Comité Técnico de Profesionalización, con motivo de la existencia de una vacante o la creación de una nueva, determine que se deben iniciar los procedimientos de reclutamiento y selección. Durante los procedimientos respectivos, el Secretario Técnico será responsable de informar oportunamente a los demás miembros del Comité de los avances del concurso, para efectos de lo previsto en la fracción II de este artículo. Capítulo Séptimo De la Operación del Servicio Profesional de Carrera

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

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