Artículo 82 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando a un servidor público de carrera lo suspenden temporalmente, el Comité Técnico de Profesionalización puede decidir si su puesto se queda vacío por un tiempo o si se asigna a alguien de manera provisional, es decir, solo mientras se resuelve su situación. Esto aplica para empleados de confianza del gobierno que pasan por un proceso de suspensión. El comité tiene la facultad de evaluar si es necesario que otra persona cubra el puesto de forma temporal.
Texto oficial
Artículo 82.- Cuando se suspenda a un servidor público de carrera, el Comité Técnico de Profesionalización podrá señalar si ese puesto se ocupará de manera provisional.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.