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Artículo 19 Ter del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en Materia de Aportaciones

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo se revisa y aprueba un modelo de contrato de energía. Primero, la empresa que suministra el servicio le entrega su propuesta de contrato a la Comisión Reguladora de Energía. Después, esa Comisión tiene 30 días para aceptarlo o pedir cambios. Si la Comisión pide cambios, la empresa tiene otros 30 días para corregir el contrato y devolverlo. Finalmente, la Comisión revisa de nuevo y, si todo está bien, lo aprueba en otros 30 días.

Texto oficial

Artículo 19 Ter.- Para la aprobación o revisión del modelo de convenio, se estará a lo siguiente: I. El suministrador entregará a la Comisión Reguladora de Energía el proyecto de modelo de convenio; II. La Comisión Reguladora de Energía, dentro de los treinta días siguientes a la recepción del proyecto de modelo de convenio, aprobará el modelo correspondiente, o, en su caso, notificará al suministrador sus observaciones o modificaciones; III. De existir observaciones o modificaciones por parte de la Comisión Reguladora de Energía, el suministrador dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la notificación a que se refiere la fracción anterior, deberá entregar a dicha Comisión el proyecto de modelo de convenio que atienda las observaciones o modificaciones solicitadas, y IV. Una vez atendidas por el suministrador las observaciones o modificaciones que la Comisión Reguladora de Energía hubiere realizado, ésta aprobará dentro de los treinta días siguientes, el proyecto de modelo de convenio. Artículo adicionado DOF 16-12-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.