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Artículo 31 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en Materia de Aportaciones

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir el servicio de luz, tienes que llenar una solicitud y entregarla en las oficinas de la compañía o por internet. Ahí debes poner cuánta energía necesitas, qué aparatos eléctricos usas, desde cuándo requieres el servicio y cualquier otro dato que pidan los formatos. También tienes que proponer a qué voltaje y en qué lugar quieres que te conecten la luz. Si solo quieres cambiar algo del servicio que ya tienes, debes explicar bien qué modificaciones necesitas. Con esa información, la compañía puede calcular el costo y los gastos extra que pueda haber.

Texto oficial

Artículo 31.- La solicitud del servicio deberá ser presentada por el solicitante en las oficinas del suministrador, o bien, a través de medios electrónicos y deberá contener información sobre los requerimientos de demanda, las características y programas respectivos de cargas, la fecha en la que se requiere el servicio y demás datos o documentos previstos en los formatos correspondientes que permitan al suministrador elaborar el presupuesto adecuado y determinar los gastos adicionales que podrían causarse según lo dispuesto en el artículo 36 de este Reglamento. El solicitante incluirá en la solicitud su propuesta de tensión y ubicación del punto de suministro. Párrafo reformado DOF 16-12-2011 Si el solicitante sólo desea modificar las condiciones de servicio existentes, deberá incluir además una descripción detallada de la naturaleza de las modificaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.