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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Artículo
110

Artículo 110 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 110 dice que las reglas sobre patrones y trabajadores también aplican para otras personas o empresas que tienen obligaciones, como los empleadores que no son exactamente patrones o las personas que están aseguradas. "En lo conducente" significa que solo se toman en cuenta las partes de esas reglas que tengan sentido o sean relevantes para esos otros casos. O sea, si la ley habla de los derechos de los trabajadores, eso también protege a otros sujetos obligados, pero solo cuando sea aplicable a su situación. Es como decir que las mismas reglas generales sirven para todos los involucrados, aunque no sean empleados o jefes exactamente iguales.

Texto oficial

Artículo 110. Las disposiciones de este Título que se refieren a los patrones y a los trabajadores serán aplicables, en lo conducente, a los demás sujetos obligados y de aseguramiento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (pág. 31) ↗

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