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Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una empresa empiece a operar por primera vez o cambie a lo que se dedica, tiene que decirle al seguro en qué categoría encaja, según el tipo de trabajo que haga. Esto sirve para que se calcule cuánto debe pagar por el seguro de riesgos de trabajo, usando el Catálogo de Actividades que está en el reglamento. También, si la ley o una sentencia cambia la actividad de la empresa, ella debe volver a clasificarse en la categoría correcta.

Texto oficial

Artículo 18. Las empresas al registrarse por primera vez o al cambiar de actividad deberán autoclasificarse para efectos de la determinación y pago de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, conforme al Catálogo de Actividades establecido en el Título Octavo de este Reglamento, en la división económica, grupo económico, fracción y clase que en cada caso les corresponda de acuerdo a su actividad. Asimismo, las empresas deberán clasificarse para los efectos del párrafo anterior en los casos de cualquier cambio de fracción, actividad o clase por disposición de la Ley, de este Reglamento o por sentencia definitiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.