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Artículo 184 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando a un patrón le van a poner una multa, las autoridades van a revisar si antes ha cumplido o no con sus obligaciones con el IMSS. Si tiene buen historial, le pueden rebajar la sanción; si ya ha fallado antes, la multa puede ser más dura. También toman en cuenta su situación particular, como si es una empresa chica o grande. Es decir, no aplican la misma multa a todos, sino que ven cómo se ha portado antes.

Texto oficial

Artículo 184. Para efecto de considerar las condiciones particulares del patrón o sujeto obligado, a que se refiere el artículo 304 B de la Ley, al momento de imponerse la sanción, se tomarán en cuenta, los antecedentes del patrón o sujeto obligado, respecto del cumplimiento de sus obligaciones para con el Instituto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.