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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Artículo
184

Artículo 184 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando a un patrón le van a poner una multa, las autoridades van a revisar si antes ha cumplido o no con sus obligaciones con el IMSS. Si tiene buen historial, le pueden rebajar la sanción; si ya ha fallado antes, la multa puede ser más dura. También toman en cuenta su situación particular, como si es una empresa chica o grande. Es decir, no aplican la misma multa a todos, sino que ven cómo se ha portado antes.

Texto oficial

Artículo 184. Para efecto de considerar las condiciones particulares del patrón o sujeto obligado, a que se refiere el artículo 304 B de la Ley, al momento de imponerse la sanción, se tomarán en cuenta, los antecedentes del patrón o sujeto obligado, respecto del cumplimiento de sus obligaciones para con el Instituto.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (pág. 51) ↗

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