Artículo 91 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una persona pueda trabajar de manera voluntaria en el gobierno federal, antes de firmar el acuerdo, la dependencia que la va a contratar debe mostrarle al IMSS un permiso especial de la Secretaría de Hacienda. Ese permiso tiene que estar por escrito y decir claramente que está autorizada la contratación. Es como cuando pides permiso a tus papás para algo importante, pero aquí es un permiso oficial del gobierno.
Texto oficial
Artículo 91. Para la incorporación voluntaria de trabajadores al servicio de la Administración Pública Federal, previamente a la firma del convenio, se deberá exhibir ante el Instituto, la autorización expresa y por escrito de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público respecto de la incorporación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.