Artículo 93 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los trabajadores del campo que quieran estar protegidos por esta ley tienen que demostrar que se dedican directamente a labores como sembrar, criar animales o cuidar bosques. No basta con decir que trabajan en el campo; deben estar haciendo estas actividades de manera real y personal. Si combinan varias de estas tareas (por ejemplo, agricultura y ganadería), también aplica. Esto es para asegurarse de que el seguro o beneficio sea solo para quienes realmente trabajan la tierra o los animales.
Texto oficial
Artículo 93. Los sujetos de aseguramiento del campo señalados en los artículos 13, fracción III, y 235 de la Ley, para ser considerados como tales, deberán encontrarse dedicados en forma directa a las labores de carácter agrícola, ganadera, forestal o mixtas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.