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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
12

Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subdelegación va a juntar toda la información de los bienes que recibe, como muebles o equipos, y va a hacer una lista bien detallada. Esa lista la va a entregar a la Jefatura Delegacional, que es otra área de gobierno. La Jefatura va a usar esa lista para registrar cómo y cuándo se venden esos bienes. En pocas palabras, se ponen de acuerdo para llevar un control de qué cosas entran y cómo se venden después.

Texto oficial

Artículo 12.- La Subdelegación integrará y pondrá a disposición de la Jefatura Delegacional de Servicios Administrativos una base de datos, en la que se identifiquen detalladamente los bienes recibidos para su administración y enajenación, de acuerdo a la naturaleza de los mismos, a efecto de que ésta incorpore la información correspondiente a la enajenación de los mismos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 4) ↗

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