Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Instituto solo puede usar la Reserva General o las otras Reservas cuando la Ley lo diga claramente en los artículos 285 y 286 A. No puede gastar ese dinero en cualquier cosa, solo en las situaciones específicas que marcan esos artículos. En pocas palabras, las reservas están protegidas y no se pueden tocar a menos que sea por las razones exactas que ya están escritas en la ley.
Texto oficial
Artículo 12.- El Instituto podrá disponer de la Reserva General y de las Reservas sólo en los casos previstos expresamente en los artículos 285 y 286 A de la Ley, respectivamente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.