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Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el Consejo Técnico (el grupo que toma decisiones importantes) da permiso para usar las Reservas (dinero guardado para gastos específicos) o la Reserva General (dinero guardado para cualquier emergencia), ellos deciden cuánto dinero se puede usar y ponen las reglas que crean necesarias para resolver la situación que llevó a usar ese dinero. En el caso de las Reservas, ese dinero solo se puede ocupar para pagar los gastos del seguro o cobertura para los que originalmente se guardó. Para la Reserva General, el Consejo Técnico tiene que decir claramente a qué seguro o cobertura se va a destinar ese dinero.

Texto oficial

Artículo 15.- En caso de que el Consejo Técnico autorice el uso de las Reservas y de la Reserva General, determinará el monto respectivo y podrá establecer las modalidades y términos que estime convenientes para asegurar la atención de las circunstancias que motivaron el uso. Para el caso de las Reservas, sus recursos sólo podrán destinarse para cubrir los gastos del Seguro y Cobertura que correspondan a la reserva utilizada. Tratándose de la Reserva General, el Consejo Técnico deberá señalar el Seguro y Cobertura a los que se destinarán los recursos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.