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Artículo 17 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres recibir el reconocimiento de Excelencia en Eficiencia Energética, tienes que cumplir con estos requisitos: primero, entregar un escrito libre a la Secretaría con el nombre comercial del producto o edificio que quieres certificar, una descripción breve del mismo y cualquier otra información que muestre que ahorra energía. Segundo, llevar original y copia de tu identificación oficial si eres persona física, o los documentos que acrediten a tu empresa y a su representante legal si es persona moral, además de un comprobante de domicilio. Tercero, presentar pruebas técnicas y resultados de desempeño que un laboratorio acreditado haya validado, para comprobar que realmente es eficiente y sustentable según las normas mexicanas o internacionales.

Texto oficial

Artículo 17. Los interesados en recibir el Reconocimiento de Excelencia en Eficiencia Energética deberán cumplir con los requisitos siguientes: I. Presentar su solicitud mediante escrito libre ante la Secretaría, señalando lo siguiente: a) Nombre comercial del producto, equipo o edificación que se desea certificar, en su caso; b) Descripción sucinta del producto, equipo o edificación que se desea certificar, y c) La demás información que el interesado estime relevante para determinar que el producto, equipo o edificación que se desea certificar hace uso sustentable y eficiente de la energía; II. Presentar en original y copia simple para cotejo de lo siguiente: a) La identificación oficial con fotografía y firma del solicitante, tratándose de persona física; 6 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 4 de mayo de 2017 b) Los instrumentos que acrediten su legal constitución y, en su caso, las modificaciones a los estatutos sociales, tratándose de persona moral; c) El comprobante de domicilio, y d) Los instrumentos que acrediten la personalidad y las facultades del representante o representantes legales, así como la identificación oficial con firma y fotografía de los mismos, en su caso, y III. Acompañar las pruebas de desempeño, indicadores y cualquier otra prueba técnica, las cuales deberán estar validadas por el ente acreditado para la Norma Oficial Mexicana aplicable en cada caso, que acredite la Eficiencia Energética y el uso sustentable del producto, equipo o edificación que se desea certificar, con base en los estándares nacionales o internacionales en esta materia, y de conformidad con lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.