- Ley
- Reglamento Abrogado
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres parte del gobierno federal o de una empresa del Estado, tienes la obligación de entregar a la Secretaría, al Consejo y al Instituto cualquier información que te pidan para evaluar los planes y el PREI. Esto aplica a oficinas públicas y empresas productivas del país.
Texto oficial
Artículo 9. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como las empresas productivas del Estado, entregarán a la Secretaría, al Consejo y al Instituto, la información que les requiera para llevar a cabo la evaluación de los Instrumentos de Planeación, así como del PREI.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.