Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si depositas dinero en pesos mexicanos, la Tesorería te lo regresará o usará entre 3 y 5 días hábiles bancarios después de que recibas tu solicitud o te notifiquen una resolución. Si el depósito es en moneda extranjera, ese plazo puede alargarse hasta 10 días hábiles, según los horarios de los sistemas de pago de otros países. La devolución se hará mediante una transferencia electrónica a tu cuenta bancaria, o por otro método que la Tesorería indique en sus reglas.
Texto oficial
Artículo 30. Para los depósitos constituidos en moneda nacional, la Tesorería aplicará o devolverá los recursos del depósito de que se trate, en un plazo de tres a cinco días hábiles bancarios, contado a partir de la recepción de la solicitud del depositante o de que surta efectos la notificación de la resolución que emita la autoridad competente, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. Para el caso de los depósitos en moneda extranjera, el plazo a que se refiere el párrafo anterior se podrá extender de acuerdo a los calendarios de los sistemas de pago internacionales, sin que éste pueda ser mayor a diez días hábiles. La devolución de los recursos correspondientes a los depósitos se realizará mediante transferencia electrónica de fondos para abono en cuenta bancaria o cualquier otro medio que la Tesorería establezca mediante disposiciones generales que para tal efecto emita.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.