Artículo 48 del REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el Gobierno Federal quiera mover o transferir sus inversiones financieras (como acciones, bonos o documentos de dinero), la dependencia que coordina ese sector debe hacerlo siguiendo las reglas de la ley que aplica. Para eso, esa dependencia le va a pedir a la Tesorería los papeles o documentos necesarios para realizar el trámite. Esto solo aplica cuando se trata de transmisiones de valores o documentos que representan inversiones del Gobierno Federal. En otras palabras, nadie puede hacerlo por fuera de lo que marca la ley, y la Tesorería tiene la llave de esos documentos.
Texto oficial
Artículo 48. En los casos de transmisión de valores o documentos que representen inversiones financieras del Gobierno Federal, la Dependencia coordinadora de sector efectuará dicha transmisión conforme a la ley de la materia, para lo cual solicitará los valores o documentos correspondientes a la Tesorería. CAPÍTULO V De los Pagos Sección Primera De los Pagos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.