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Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
36

Artículo 36 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los permisionarios (es decir, los distribuidores autorizados) tienen la responsabilidad de cuidar el producto desde que lo reciben hasta que lo entregan al usuario final. También deben mantener su calidad y medirlo según las reglas oficiales mexicanas. Esto no impide que los distribuidores que tengan sus sistemas conectados hagan acuerdos para medir juntos y cumplir con estas obligaciones.

Texto oficial

Artículo 36.- Los Permisionarios a que se refiere esta Sección serán responsables por el producto que distribuyan, desde su recepción y hasta la entrega al Usuario o al Usuario Final. Asimismo, los distribuidores serán responsables de conservar la calidad y realizar la medición del producto recibido y entregado, de conformidad con las normas oficiales mexicanas. Lo anterior, sin perjuicio de que los Permisionarios cuyos Sistemas se encuentren interconectados formalicen protocolos de medición conjunta para cumplir con las responsabilidades señaladas.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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