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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_T3_LHidro/53
Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
53

Artículo 53 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso para manejar ciertos productos, tienes que medirlos y entregar papeles que digan exactamente cuánto y cómo son, siguiendo las reglas oficiales mexicanas. Esas reglas son las normas oficiales mexicanas, que son como los instructivos que el gobierno da para asegurarse de que todo se haga bien. En otras palabras, no puedes adivinar los datos; tienes que checarlos con cuidado y comprobarlos con documentos.

Texto oficial

Artículo 53.- Los Permisionarios deberán realizar la medición y proporcionar los documentos en que señalen el volumen y las especificaciones de los productos, de acuerdo con las normas oficiales mexicanas aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.