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Artículo 59 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría o la Comisión te pueden pedir que les entregues un escrito donde, bajo protesta de decir verdad (como un juramento de que dices la verdad), te hagas responsable de toda la información técnica y económica que les des. Esto lo hacen para revisar si estás cumpliendo con tus obligaciones y, si no es así, poder aplicarte las sanciones correspondientes. Básicamente, si mientes o no cumples, te pueden castigar.

Texto oficial

Artículo 59.- De conformidad con lo establecido en la última fracción del artículo 84 de la Ley, la Secretaría o la Comisión, según corresponda, podrán requerir a los Permisionarios la presentación de escritos en los que, bajo protesta de decir verdad, se responsabilicen de las obligaciones e información técnica y económica que proporcionen a dichas autoridades, para efecto de detectar incumplimientos y, en su caso, la aplicación de las sanciones respectivas. CAPÍTULO IX DE LOS SISTEMAS INTEGRADOS Sección Primera De la Creación de Sistemas Integrados

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.