- Ley
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
- Artículo
- 1069
Artículo 1069 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para comprobar que tienes derecho a pedir alimentos (la pensión económica), necesitas presentar pruebas. Estas pruebas son: el testamento de la persona que te los dejó, los papeles que demuestren que eres familiar o esposo/a de quien debe darlos, o el acuerdo o fallo de un juez donde ya se haya dicho que te toca esa obligación. En pocas palabras, tienes que enseñar documentos oficiales que demuestren por qué te deben mantener.
Texto oficial
Artículo 1069.- La prueba de que trata la fracción I del artículo anterior será: el testamento, los documentos comprobantes de parentesco o de matrimonio, el convenio o la ejecutoria en que conste la obligación de dar alimentos. (ADICIONADO, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2006)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.